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Por qué el COV puede eliminar el monumento Lee de Richmond a pesar de su designación a los registros históricos estatales y federales

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Monumento a R, E. Lee, 2006, en reparación.
Monumento a R. E. Lee, 2006, en reparaciones.

En respuesta a la directiva del Gobernador Northam de retirar la estatua de Robert E. Lee en la Avenida Monument de Richmond, muchas personas se han puesto en contacto con el DHR para preguntar si la designación del monumento en el Registro de Monumentos de Virginia y el Registro Nacional de Lugares Históricos puede impedir o impedir su eliminación.

La pregunta toca un aspecto importante de la inclusión de propiedades en los registros, una designación que muchas personas asumen erróneamente que "protege" automáticamente una propiedad. De hecho, la designación de un sitio o distrito histórico a los registros estatales y nacionales es honorífica. El listado registrado no da como resultado ninguna protección o requisitos especiales sobre lo que un propietario puede hacer con una propiedad. Este es un atributo clave de los registros históricos, establecido para proteger los derechos de propiedad de los propietarios de propiedades históricas catalogadas. (Sin embargo, los códigos locales que sí imponen protecciones específicas a las propiedades históricas registradas pueden superponerse a los distritos históricos estatales y federales).

La Commonwealth of Virginia posee la estatua de Robert E. Lee. En consecuencia, independientemente de su estatus en los registros, el gobernador de Virginia tiene la capacidad de ordenar la remoción del Monumento a Lee, que fue erigido en 1890 durante la era de la segregación "Jim Crow" legalmente codificada en Virginia, un período que vio la conmemoración generalizada de la "Causa Perdida" de la Confederación y sus líderes en todo el sur. La inclusión del Monumento a Lee en los registros estatales y nacionales de 2006 y 2007 reconoció a la estatua como una "obra maestra" de la escultura académica francesa y "un icono del culto a la 'Causa Perdida'".

Como propiedad histórica del estado, el código estatal relacionado con el tratamiento de dicha propiedad requiere que las agencias estatales consulten con el DHR sobre cualquier alteración al Monumento Lee. Por lo tanto, el DHR brindará orientación sobre la remoción y el almacenamiento adecuados del monumento, ya que el Estado Libre Asociado espera la opinión del público sobre su destino final.

La remoción del Monumento Lee puede afectar su inclusión en los registros históricos, una decisión que se determinará en el futuro.

Como un recurso histórico contribuyente en el Distrito Histórico de Monument Avenue, la remoción de la estatua de Lee, junto con las de otros monumentos confederados que posee la Ciudad de Richmond, tendrá un impacto en el distrito histórico. Esas acciones podrían significar que el Servicio de Parques Nacionales, que supervisa el Registro Nacional, retire al distrito de la lista.

La Sección 106 de la Ley de Preservación Histórica Nacional no es un factor, como algunos han preguntado, en la remoción del Monumento Lee ni de las otras estatuas confederadas a lo largo de Monument Avenue que el alcalde de Richmond, Levar Stoney, ha anunciado planes de eliminar, a la espera de la aprobación del concejo municipal, porque estas acciones, presumiblemente, no involucrarán dinero o permisos federales. No obstante, el Departamento de Recursos Humanos querrá consultar con la ciudad sobre el destino final de los monumentos y su adecuada administración.